
Después de la intervención policial, grupos irregulares armados con explosivos, emboscaron a nuestros servidores policiales en Parotani, resultando varios efectivos del orden heridos con fracturas expuestas y lesiones de gravedad.
El Art. 51 de la #Ley400 prohíbe la tenencia, porte o portación y uso de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, aun teniendo la licencia de autorización, en manifestaciones públicas, movilizaciones sociales, marchas huelgas y mítines.
El derecho a la protesta está constitucionalizado SIN EMBARGO su ejercicio NO debe ser violento, NO implica hacer uso de armas o artefactos explosivos y NO debe vulnerar el derecho de los demás.